Franco y los judíos: el Archivo Judaico
Franco y la cuestión judía
El Archivo Judaico, los 6.000 de Wannsee y el mito del salvador
El fichero policial de 1941 frente a la leyenda construida después de 1945
«Las personas objeto de la medida que os encomiendo deberán ser principalmente aquellas de origen español designadas con el nombre de sefarditas, ya que su adaptación al ambiente y su semejanza con nuestro temperamento les dan mayores garantías para ocultar su origen y hasta pasar inadvertidas.»1
Dirección General de Seguridad, circular n.º 11, 5 de mayo de 1941.
La leyenda de Franco como salvador de los judíos
Existe una leyenda tenaz, alimentada durante décadas, según la cual Franco habría salvado a los judíos. En los años setenta llegó incluso a atribuírsele el salvamento de unos cien mil.2 Es uno de esos relatos de redención que una dictadura aprende a fabricar cuando han sido derrotados quienes antes fueron sus protectores. Conviene desmontarlo no mediante indignación retrospectiva, sino mediante documentos.
Los archivos dicen otra cosa. Muestran un discurso antisemita, restricciones administrativas dirigidas expresamente contra los judíos, una cooperación policial estrecha con la Alemania nazi y, en 1941, la creación de un fichero policial destinado a identificarlos y evaluar su «peligrosidad». Muestran también cómo, después de 1945, el régimen fabricó metódicamente el relato inverso: primero protector; después, salvador.
Antisemitismo de Estado: cuando la policía escribe «raza judía»
Conviene empezar eliminando un equívoco. El antisemitismo franquista no fue una construcción inventada después de los hechos. En el discurso pronunciado tras el desfile de la Victoria, el 19 de mayo de 1939, Franco denunció el «espíritu judaico», que vinculaba con la alianza entre el gran capital, el marxismo y la revolución antiespañola.3 Era el viejo imaginario de la conspiración judeomasónica y de la «Anti-España». Y no se quedó en las palabras.
El 11 de mayo de 1939, apenas terminada oficialmente la guerra, una orden circular relativa al paso de fronteras establecía que debían denegarse pasaportes o visados «a los judíos», salvo circunstancias particulares de amistad hacia España y adhesión probada al Movimiento Nacional.4 La discriminación era administrativa, explícita y dirigida contra una categoría religiosa y étnica identificada como tal.
Sería, sin embargo, simplista buscar en el franquismo una copia exacta del antisemitismo biológico nazi. Su antisemitismo mezcló tradición católica, mito conspirativo, antimaçonismo, anticomunismo, un filosefardismo instrumental y, dentro del aparato policial, categorías de carácter racial. Esta última dimensión impide reducirlo a una hostilidad meramente religiosa: en un expediente del Archivo Judaico, la policía escribió de una mujer que se le suponía la peligrosidad propia de la «raza judía» a la que pertenecía.5
La cooperación policial entre Franco y el Reich
Aquel antisemitismo administrativo se desarrolló dentro de una cooperación policial con la Alemania nazi iniciada durante la guerra. En 1937, Franco solicitó expertos alemanes para instruir a la policía franquista. El acuerdo de 31 de julio de 1938, negociado a iniciativa de Himmler, organizó el intercambio de información sobre comunismo, anarquismo, emigración y otras actividades consideradas peligrosas para el Estado, la búsqueda de personas y su entrega directa sin recurrir al procedimiento diplomático ordinario.6
En ese contexto de cooperación, Lluís Companys, presidente de la Generalitat de Cataluña, fue detenido en Francia por los alemanes en agosto de 1940 y entregado a las autoridades franquistas antes de ser juzgado y fusilado. Otros exiliados republicanos, como Julián Zugazagoitia, corrieron una suerte semejante.7
Himmler visitó España en el otoño de 1940 y las representaciones alemanas trataron también de obtener información sobre los judíos presentes en el país. La policía española no respondió de manera automática a todas las solicitudes alemanas, pero existen casos documentados de cooperación. La precisión importa: impide transformar una colaboración comprobada en obediencia mecánica, pero impide igualmente fingir que aquella colaboración no existió.
1941: el Archivo Judaico y el fichaje policial de los judíos
La pieza central llegó el 5 de mayo de 1941. La Dirección General de Seguridad remitió a los gobernadores civiles la circular n.º 11, firmada por José Finat, conde de Mayalde, falangista y germanófilo. Solo cuatro días después Franco decretó su cese como director general de Seguridad expresándole su «público reconocimiento» por los servicios prestados a la patria.8
La circular ordenaba elaborar, para cada «israelita» español o extranjero residente en la provincia, un informe individual con su filiación personal y político-social, medios de vida, actividades comerciales, situación y «grado de peligrosidad».5 No era un censo demográfico. Era un fichero policial construido sobre la condición judía.
Conviene precisar también los límites de la prueba. El fondo no se conservó íntegramente y no es posible establecer con certeza el número total de fichas o expedientes que llegó a contener. Se conservan y están documentadas fichas, listas y la sigla AJ, correspondiente a Archivo Judaico. La incertidumbre afecta a la magnitud material del fichero, no a la naturaleza de la orden: identificar individualmente a los judíos y evaluar su peligrosidad.
Y hay que leer despacio la frase que abre este artículo. La circular pedía una vigilancia especial de los sefardíes precisamente porque su larga adaptación al medio español podía permitirles ocultar su origen y pasar inadvertidos. Se les buscaba por lo que eran, no porque se hubiera comprobado previamente una conducta delictiva. La administración podía escribir sin rodeos: «raza judía».
La categoría sobrevivió a la Segunda Guerra Mundial. Documentación policial de 1957 seguía haciendo referencia al Archivo Judaico y a antecedentes desfavorables asociados al origen «israelita».9 La guerra había terminado. La memoria administrativa del fichero no.
Wannsee: España, 6.000
El 20 de enero de 1942, altos responsables del Reich se reunieron en Wannsee para coordinar administrativamente la llamada «Solución final». En la página 6 del protocolo figura una tabla de población judía europea preparada bajo la autoridad de Adolf Eichmann. En la línea correspondiente a España puede leerse: «Spanien 6.000».10
No debemos pedir a esa cifra más de lo que puede demostrar. Los 6.000 no constituyen un censo nominal probado. La Casa de la Conferencia de Wannsee advierte que los números empleados por Eichmann ofrecían apariencia de precisión sin ser necesariamente cifras exactas. Además, un informe italiano de 1939 ya estimaba en 6.000 la población judía de España.11
La consecuencia metodológica es clara: no puede afirmarse que los 6.000 de Wannsee procedieran del fichero policial español de 1941. La cercanía cronológica entre ambos documentos es llamativa, pero no demuestra una filiación documental. Lo que cada pieza acredita por separado ya es suficientemente grave: en mayo de 1941 España ordenó fichar policialmente a sus judíos; en enero de 1942 el cuadro utilizado en Wannsee incluyó a España dentro del horizonte europeo de la Solución final y le atribuyó 6.000 judíos.
Lo que la prueba permite afirmar y lo que prohíbe afirmar
La prudencia no es aquí una cortesía académica. Es aquello que hace sostenible la acusación. Ningún documento presentado demuestra que Himmler recibiera materialmente el Archivo Judaico. Jorge M. Reverte defendió la hipótesis de una transmisión de la información y consideró verosímil una entrega a los alemanes, pero sigue siendo una hipótesis mientras no aparezca la prueba documental correspondiente.12
Podemos, en cambio, afirmar sin añadir una sola pieza imaginaria: el Estado franquista ordenó el fichaje de sus judíos en 1941; las autoridades nazis manejaban para España la cifra de 6.000 en Wannsee; la cooperación policial entre ambos Estados está documentada; la transmisión específica del Archivo Judaico no lo está.
Es ya considerable.
Ni redada general ni política personal de salvamento
¿Fueron entregados colectivamente esos seis mil? No. En España no se produjo una redada general ni una deportación organizada de toda la población judía residente. España no fue ocupada por Alemania ni entró oficialmente en la guerra como beligerante del Eje. El escenario para el cual un fichero semejante habría podido resultar particularmente útil no llegó a realizarse.
Pero transformar este hecho en la frase «Franco salvó a los judíos» supone dar un salto que las fuentes no permiten. Lo que protegió colectivamente a la población judía residente en España fue una combinación de circunstancias estratégicas y políticas: la no entrada formal del país en la guerra, la evolución militar del conflicto, la presión aliada, la intervención de organizaciones internacionales, redes clandestinas y diplomáticos, además de una política española cambiante.
El fichero, entretanto, existía.
España: territorio de vigilancia y vía de fuga
La historia es contradictoria porque la realidad lo fue. España funcionó a la vez como territorio de vigilancia y como vía de escape. Refugiados judíos que atravesaban clandestinamente los Pirineos fueron detenidos e internados, entre otros lugares, en Miranda de Ebro. Al mismo tiempo, las estimaciones historiográficas sitúan entre 23.000 y 37.500 el número de judíos que huyeron de la Europa perseguida pasando por España entre 1940 y el otoño de 1944.13
Esta realidad impide las simplificaciones simétricas. España fue una vía de salvación para decenas de miles de personas. Pero una vía geográfica no equivale a una política personal de salvamento. El paso dependió de fugitivos, pasadores, redes de evasión, organizaciones judías y aliadas, consulados, diplomáticos y de una política española que, según el momento, negó visados, internó, expulsó, toleró o facilitó el tránsito.
Salónica: cuando la imagen del salvador empieza a deshacerse
Fuera de las fronteras españolas el relato del salvador resulta todavía más difícil de sostener. Es necesario distinguir entre los judíos residentes en España y los judíos de nacionalidad o protección española que vivían en la Europa ocupada. Frente a estos últimos, Madrid actuó con frecuencia mediante retrasos, condiciones y filtros incluso cuando Alemania ofrecía posibilidades de repatriación.
El caso de Salónica es especialmente duro. En 1943 el cónsul Sebastián Romero Radigales intentó proteger y repatriar a sefardíes bajo protección española. Madrid rechazó o retrasó varias soluciones, incluida la utilización de barcos suecos de la Cruz Roja. El 13 de agosto de 1943, 367 judíos de nacionalidad española llegaron a Bergen-Belsen. Solo pudieron entrar en España en febrero de 1944, tras meses de gestiones y presión diplomática.14
Romero Radigales recibió reproches por su «exceso de celo». En Budapest, Ángel Sanz Briz y sus colaboradores protegieron entre 4.000 y 5.000 judíos mediante pasaportes, cartas de protección y edificios amparados por la legación española.15
Su actuación no puede cargarse sin más en la cuenta personal de Franco. Hay que distinguir tres cosas que la propaganda posterior mezcló deliberadamente: lo que hizo Franco, lo que hizo su Gobierno y lo que hicieron determinados diplomáticos. No son lo mismo.
Después de 1945: fabricar a Franco como salvador
Tras la derrota del Eje, el régimen franquista tuvo que reconstruir su posición internacional y, con ella, su propio pasado. En 1949, la Oficina de Información Diplomática del Ministerio de Asuntos Exteriores publicó en francés L’Espagne et les Juifs, folleto destinado a presentar al régimen como protector y humanitario.16
La operación continuó. El 17 de marzo de 1970, una información de la agencia EFE reproducida por ABC afirmaba que unos cien mil judíos habían sido salvados durante la Segunda Guerra Mundial gracias a la «intervención personal del General Franco».2 La cifra carecía de fundamento documental demostrable, pero la leyenda ya tenía protagonista.
La historiografía, desde Haim Avni hasta Bernd Rother, Antonio Marquina, Gonzalo Álvarez Chillida y trabajos posteriores, ha desmontado esa construcción.17 Eso no significa negar el paso de refugiados por España ni los salvamentos protagonizados por diplomáticos españoles. Significa devolver cada acto a su autor, a su contexto y a sus límites.
Policía, no protección
El núcleo del asunto no depende siquiera de demostrar que Himmler recibiera una carpeta con seis mil fichas. El hecho esencial es más sencillo. En mayo de 1941, el Estado español decidió localizar e identificar a los judíos que vivían en su territorio. No los ocultó: los fichó. No presumió su inocuidad: ordenó valorar su «grado de peligrosidad».
Mandó vigilar especialmente a quienes podían pasar inadvertidos. No son los gestos de un salvador. Son los de un Estado que identifica, clasifica y vigila a una población por su origen en un contexto de cooperación policial con el Reich.
La población judía residente en España no sufrió colectivamente el destino de las comunidades de Francia, Países Bajos, Grecia o Hungría. Pero el fichero existió y el protocolo de Wannsee incluyó la cifra: España, seis mil. La afirmación es grave precisamente porque no necesita ir más allá de lo que permiten las pruebas.
Entre el fichero de 1941, capaz de hablar de «raza judía», y la propaganda de 1970, que transformaba a Franco en salvador personal de cien mil judíos, existe toda la distancia que separa un documento de una construcción propagandística.
Esa distancia sí puede medirse.
Post scriptum: la prueba por los actos
Dos diplomáticos atraviesan este expediente de manera distinta: Sebastián Romero Radigales y Ángel Sanz Briz. Romero chocó repetidamente con la reticencia de Madrid y recibió reproches por su «exceso de celo». Sanz Briz desplegó en Budapest una iniciativa personal extraordinaria; las fuentes no permiten determinar con precisión hasta dónde llegó el respaldo efectivo del Ministerio español, y algunas subrayan que actuó sin instrucciones concretas.15
Por eso conviene no convertirlos artificialmente en dos casos idénticos de desobediencia formal. Lo que sí comparten es algo más importante: sus actos fueron más lejos que la pasividad, los retrasos o la prudencia administrativa de su propio Gobierno. Y esos actos dejaron pruebas fechadas.
Éste es el criterio que importa. No se es franquista, resistente o justo por aquello que años después se asegura haber pensado en secreto. Se juzgan funciones, decisiones y actos. Un funcionario puede haber pertenecido al aparato y, más tarde, producir una ruptura verificable con lo que ese aparato esperaba de él. La ruptura no borra el pasado; demuestra el momento en que dejó de obedecerlo.
Romero Radigales y Sanz Briz dejaron pruebas en forma de vidas protegidas. No una confidencia treinta años después, sino decisiones administrativas concretas tomadas cuando hacerlo tenía consecuencias.
La Historia no dispone de acceso a las conciencias. Dispone de los actos.
Yad Vashem reconoció a Ángel Sanz Briz como Justo entre las Naciones el 18 de octubre de 1966. Sebastián de Romero Radigales recibió el mismo reconocimiento a título póstumo en 2014.18
Notas y referencias
- Dirección General de Seguridad, circular n.º 11, Madrid, 5 de mayo de 1941. Publicada por Jacobo Israel Garzón, «El Archivo Judaico del franquismo», Raíces. Revista judía de cultura, n.º 33, 1997, pp. 57-60. Véase también Marta Simó Sánchez, «España y el Holocausto: entre la salvación y la condena al exterminio para la población judía», Hispania Nova, n.º extraordinario 1, 2019, pp. 136-174. Texto completo. ↩
- Santiago López Rodríguez documenta una información de EFE reproducida por ABC el 17 de marzo de 1970 según la cual «unos cien mil judíos» habían sido salvados mediante la «intervención personal del General Franco», y señala la falta de fundamento documental de esa cifra. Santiago López Rodríguez, 2023. ↩
- Francisco Franco, discurso pronunciado en Madrid después del desfile de la Victoria, 19 de mayo de 1939: «el espíritu judaico que permitía la alianza del gran capital con el marxismo…». Para el contexto, Gonzalo Álvarez Chillida, El antisemitismo en España. La imagen del judío (1812-2002), Madrid, Marcial Pons, 2002. Transcripción del discurso. ↩
- Servicio Nacional de Política y Tratados, Orden circular n.º 90-1.849, Burgos, 11 de mayo de 1939, «Normas para el paso de las fronteras españolas y modelo de solicitud de autorización para entrar en España». Incluye la denegación de visado «a los judíos» salvo circunstancias particulares y «adhesión probada al Movimiento Nacional». Transcripción documental; Simó Sánchez. ↩
- La circular exigía informes individuales sobre los «israelitas» españoles y extranjeros: filiación personal y político-social, medios de vida, actividades, situación y «grado de peligrosidad». Simó Sánchez reproduce el expediente de María Sinaí León con la anotación: «Se le supone la peligrosidad propia de la raza judía a la que pertenece (sefardí)». Marta Simó Sánchez, pp. 150-151. ↩
- Sobre la cooperación policial hispano-alemana y el acuerdo de 31 de julio de 1938, negociado a iniciativa de Himmler, véase el Museo Virtual de la Guerra Civil Española. Acuerdo policial entre la España de Franco y la Alemania nazi. ↩
- El mismo marco de cooperación incluyó la entrega de exiliados republicanos detenidos por los alemanes en Francia, entre ellos Lluís Companys y Julián Zugazagoitia. Museo Virtual de la Guerra Civil Española. ↩
- Decreto de cese de José Finat como director general de Seguridad, 9 de mayo de 1941, publicado en el BOE de 10 de mayo de 1941, p. 3291. Franco expresa su «público reconocimiento» por los servicios prestados. BOE, 10 de mayo de 1941. ↩
- La persistencia de la categoría administrativa después de la guerra aparece en documentación policial de 1957 que todavía hace referencia al Archivo Judaico y a antecedentes relacionados con el origen «israelita». Spain and the Jews during the Holocaust. ↩
- Protocolo de la Conferencia de Wannsee, 20 de enero de 1942, copia n.º 16, Politisches Archiv des Auswärtigen Amts, Berlín, R 100857, Bl. 166-188, p. 6: «Spanien 6.000». La Casa de la Conferencia de Wannsee advierte sobre el carácter estimativo de muchas cifras. Protocolo y documentos; Estadísticas de Wannsee. ↩
- Antonio Marquina señala que un informe italiano de 1939 ya cifraba en 6.000 los judíos presentes en España. Este antecedente impide usar el número de Wannsee como prueba de una transmisión del fichero de 1941. Antonio Marquina, 2014. ↩
- Jorge M. Reverte defendió la hipótesis de una transmisión del fichero o de sus informaciones a las autoridades alemanas. En ausencia de una prueba material de esa entrega, debe conservarse como hipótesis. Jorge M. Reverte, El País, 20 de junio de 2010. ↩
- Jacqueline Adams, a partir de Haim Avni y Bernd Rother, recoge una horquilla de 23.000 a 37.500 judíos que escaparon de Europa pasando por España entre 1940 y el otoño de 1944. Véanse también los trabajos de Marta Simó Sánchez sobre la evolución de la política española. Jacqueline Adams, 2024; Marta Simó Sánchez. ↩
- Antonio Marquina documenta los retrasos y obstáculos de Madrid en el caso de Salónica. Yad Vashem recuerda que 367 judíos de nacionalidad española llegaron a Bergen-Belsen el 13 de agosto de 1943 y fueron finalmente trasladados a España en febrero de 1944. Antonio Marquina; Yad Vashem, Romero Radigales. ↩
- El United States Holocaust Memorial Museum estima que Sanz Briz y sus colaboradores salvaron entre 4.000 y 5.000 judíos en Hungría y señala que sigue sin estar claro hasta qué punto el Ministerio español de Asuntos Exteriores apoyó sus iniciativas. Antonio Marquina escribe que Sanz Briz «actuó sin instrucciones», aunque dentro de determinados márgenes generales de la política ministerial. USHMM, Ángel Sanz Briz; Antonio Marquina. ↩
- L’Espagne et les Juifs, folleto publicado en francés en 1949 por la Oficina de Información Diplomática del Ministerio español de Asuntos Exteriores. Luciano Casali y Lola Harana han estudiado este documento dentro de la reconstrucción propagandística de posguerra. Dossier y estudio. ↩
- Bibliografía general: Haim Avni, España, Franco y los judíos, Madrid, Altalena, 1982; Bernd Rother, Franco y el Holocausto, Madrid, Marcial Pons, 2005; Antonio Marquina y Gloria Inés Ospina, España y los judíos en el siglo XX, Madrid, Espasa-Calpe, 1987; Gonzalo Álvarez Chillida, El antisemitismo en España, Madrid, Marcial Pons, 2002. ↩
- Yad Vashem reconoció a Ángel Sanz Briz como Justo entre las Naciones el 18 de octubre de 1966. Sebastián de Romero Radigales fue reconocido póstumamente en 2014. Yad Vashem, Ángel Sanz Briz; Yad Vashem, Romero Radigales. ↩
Bibliografía selectiva
- Álvarez Chillida, Gonzalo, El antisemitismo en España. La imagen del judío (1812-2002), Madrid, Marcial Pons, 2002.
- Avni, Haim, España, Franco y los judíos, Madrid, Altalena, 1982.
- Garzón, Jacobo Israel, «El Archivo Judaico del franquismo», Raíces. Revista judía de cultura, n.º 33, 1997, pp. 57-60.
- Marquina, Antonio, «La España de Franco y los judíos», UNISCI Discussion Papers, n.º 36, 2014.
- Marquina, Antonio y Ospina, Gloria Inés, España y los judíos en el siglo XX, Madrid, Espasa-Calpe, 1987.
- Rother, Bernd, Franco y el Holocausto, Madrid, Marcial Pons, 2005.
- Simó Sánchez, Marta, «España y el Holocausto: entre la salvación y la condena al exterminio para la población judía», Hispania Nova, n.º extraordinario 1, 2019, pp. 136-174.
- López Rodríguez, Santiago, «Franco y el Holocausto: una revisión historiográfica», Historia Actual Online, n.º 60, 2023, pp. 195-212.
- Casali, Luciano y Harana, Lola (dirs.), L’oportunisme de Franco. Un informe sobre la qüestió jueva (1949), Catarroja-Barcelona, Afers, 2013.