Guernica: los archivos republicanos reabren el caso

Guernica: los archivos de la República en el exilio reabren el caso

Nuevas referencias documentales entre 1950 y 1974

Una investigación avanza a veces mediante un descubrimiento espectacular. Mucho más a menudo progresa gracias a unas pocas líneas enviadas por un archivero. El 3 de septiembre de 2026, Pilar Benito, responsable del servicio a los investigadores de la Fundación Universitaria Española de Madrid, nos transmitió una serie de referencias archivísticas relacionadas con Guernica, Fernando Valera, Emilio Herrera, Victoria Kent, México y el Museum of Modern Art de Nueva York. Unas signaturas, unas fechas y, sobre todo, una frase: «Todas las cartas hacen referencia a la situación legal del cuadro.»

Esta precisión modifica considerablemente el estado de nuestra investigación. Sabíamos que la propiedad de Guernica había sido discutida. Ahora sabemos que un conjunto de documentos conservados en los archivos de la República española en el exilio permite seguir esa discusión durante varias décadas. El caso ya no se limita al pago de 1937, al recibo desaparecido y al regreso del cuadro a España en 1981. Entre ambos extremos existe ahora un expediente. Hay que leerlo.

Primera corrección: no existe correspondencia Picasso-Valera en sentido estricto

La investigación empieza con una rectificación. Habíamos preguntado a la Fundación Universitaria Española si conservaba correspondencia entre Fernando Valera y Pablo Picasso. Pilar Benito responde claramente: en este conjunto no se conserva ninguna carta de Picasso. La Fundación posee, en cambio, varias cartas dirigidas a Picasso, entre ellas algunas procedentes de Fernando Valera o de su entorno y de Emilio Herrera. No podemos hablar, por tanto, de un intercambio epistolar bilateral Valera-Picasso.

Pero la ausencia de respuestas de Picasso no disminuye necesariamente el interés de las piezas. Plantea otra pregunta: ¿qué pedían exactamente los representantes de la República a Picasso y en nombre de qué derecho?

10 de enero de 1950: Fernando Valera ya intenta entrevistarse con Picasso

La primera referencia comunicada es FV/10-16: una carta del secretario de Fernando Valera, J. Roger, dirigida a Picasso en París el 10 de enero de 1950, con objeto de obtener una entrevista para hablar de cuestiones relacionadas con España. La descripción no permite por sí sola afirmar que la entrevista se refiriera a Guernica, pero Pilar Benito ha incluido esta pieza entre las relacionadas con la situación jurídica del cuadro. Habrá, por tanto, que leerla.

La fecha es especialmente interesante: 1950, tres años antes de que Luis Araquistáin buscara formalmente en 1953 el recibo firmado por Picasso en 1937 y perdido durante la evacuación de Cataluña. La preocupación republicana en torno a Picasso y Guernica podría ser anterior al episodio Araquistáin. Hay que abandonar una cronología demasiado simple según la cual el problema jurídico habría dormido entre 1937 y 1953.

1960: Emilio Herrera escribe a Picasso

Aparecen después dos referencias: EH/2-22, carta de Emilio Herrera a Pablo Picasso, París, agosto de 1960, y EH/7-64, borrador de esa misma carta. El tema archivístico indicado es el sesquicentenario de México. Precisamente por eso hay que estar atentos: ¿por qué Pilar Benito incluye esta correspondencia entre los documentos relacionados con la situación jurídica de Guernica? El borrador puede resultar tan importante como la carta enviada, porque puede conservar una frase suprimida, una vacilación o una reivindicación jurídica más explícita. Habrá que pedir, si es posible, las dos versiones.

1968: la pista mexicana existe

Pilar Benito señala además que un investigador mexicano trabajó recientemente sobre las tentativas realizadas en 1968 por la comunidad republicana española exiliada en México para obtener el traslado de Guernica desde el Museum of Modern Art de Nueva York a México. Precisa que Martínez Ferduchy era entonces embajador. La pista ya había aparecido en nuestra investigación; ahora queda confirmada por los archivos de la FUE como un conjunto documental suficientemente definido para haber sido solicitado anteriormente por otro investigador.

La fecha vuelve el asunto especialmente interesante. En 1968, Franco sigue en el poder, Picasso está vivo, Guernica permanece en el MoMA y republicanos exiliados intentan trasladarlo a México. Las preguntas serán precisas: ¿en nombre de quién? ¿Picasso? ¿La República española en el exilio? ¿Una comunidad republicana sin pretensión de propiedad? Y después: ¿quién debía autorizar el traslado? Si se solicita a Picasso, volvemos a encontrar al artista ejerciendo las prerrogativas del propietario. Si se solicita al Gobierno republicano, la situación cambia. Si se consulta a ambos, entramos exactamente en la zona de solapamiento entre propietario, destinatario político y eventual titular patrimonial que intentamos aclarar desde el principio.

1969: aparecen de repente varias piezas

El año 1969 se convierte ahora en una fecha clave. Pilar Benito comunica tres referencias: FV/24-1, correspondencia entre Fernando Valera y Jean de Paul, también identificado como Juan de Pablo, relativa al bombardeo de Guernica y fechada en julio de 1969 y mayo-junio de 1971; FV/31-7, carta de Victoria Kent a Fernando Valera, enviada desde Nueva York el 12 de diciembre de 1969; y FV/69-4, carta de Fernando Valera al director del diario Le Soir, en París, el 15 de noviembre de 1969.

Pilar Benito precisa que todas estas cartas se refieren a la situación jurídica del cuadro. Estamos probablemente ante algo más que una curiosidad personal de Valera: 1968, tentativa mexicana; 1969, correspondencias Valera, Nueva York y prensa; después, 1971. Precisamente esta última fecha convierte FV/24-1 en nuestra prioridad absoluta.

Abril de 1971: Picasso escribe «destinados al Gobierno de la República española»

El 14 de abril de 1971, Pablo Picasso formula una declaración decisiva sobre Guernica y los estudios que lo acompañan: «están destinados al Gobierno de la República española». Desde el comienzo de nuestra investigación esta frase plantea una pregunta sencilla: ¿el Gobierno republicano en el exilio tuvo conocimiento de ella?

Hasta ahora disponíamos de la declaración de Picasso, pero buscábamos su recepción política. Ahora tenemos una pista extraordinariamente próxima en el tiempo. La signatura FV/24-1 contiene correspondencia de Fernando Valera fechada en mayo-junio de 1971, pocas semanas después del 14 de abril, y esa correspondencia se refiere, según la Fundación Universitaria Española, a la situación jurídica de Guernica. No sabemos todavía si se cita la declaración de Picasso, si Valera posee una copia o si la comenta. Pero sabemos algo decisivo: sabemos exactamente dónde buscar.

La pregunta de 1971 se vuelve mucho más incómoda

Supongamos que Valera conociera efectivamente la declaración de Picasso. Aparecerían entonces dos posibilidades. La primera: Valera considera que la República posee ya Guernica desde 1937. Habría entonces que explicar cómo interpreta «destinados al Gobierno de la República española». Si el Estado republicano era propietario desde hacía treinta y cuatro años, ¿por qué Picasso formula todavía en 1971 el destino futuro del cuadro?

La segunda: Valera considera la declaración de 1971 como el acto decisivo mediante el cual Picasso asigna la obra a la República. En ese caso, la tesis de una adquisición definitiva en 1937 se vuelve todavía más problemática. Por ahora son hipótesis. El documento deberá decidir.

1973: muere Picasso, pero el expediente jurídico continúa

Picasso muere el 8 de abril de 1973. El asunto no se detiene. Aparece pocos meses después una nueva pieza: carta de Arnaldo Orfila a Emilio O. Rabasa, México, 27 de noviembre de 1973, relacionada igualmente por Pilar Benito con la situación jurídica del cuadro.

La fecha importa porque la carta es posterior a la muerte de Picasso. Mientras vive, todavía puede conceder una autorización, precisar una intención o responder a una reivindicación. Después, los actores deben apoyarse sobre documentos: el recibo de 1937, la declaración de 1971, las instrucciones transmitidas al MoMA, los herederos, Roland Dumas o una eventual consideración de la República española en el exilio como destinataria. No sabemos todavía cuál de estos argumentos aparece. Pero pocas semanas después entra precisamente en escena el MoMA.

Enero-febrero de 1974: la República y el MoMA

Después de FV/24-1, esta es probablemente la referencia más prometedora: correspondencia con el Museum of Modern Art de Nueva York, enero-febrero de 1974. Todavía no conocemos los nombres exactos de los remitentes y destinatarios, pero Pilar Benito relaciona también estos documentos con la situación jurídica de Guernica. El MoMA es entonces el depositario material de la obra y Picasso ha muerto hace menos de un año.

Habrá que leer exactamente qué afirman los interlocutores del museo: «Guernica pertenece a la República española desde 1937», «Picasso decidió en 1971 que Guernica fuera entregado al Gobierno republicano» o «el cuadro debe regresar a España cuando sea restaurada la República». El vocabulario exacto será decisivo. Y también la respuesta del MoMA.

Una cronología mucho más densa

El expediente cambia ahora de forma. Ya no puede resumirse como 1937: pago; 1953: recibo perdido; 1971: declaración Picasso; 1981: llegada a España. Los archivos revelan una secuencia mucho más continua: 1937: cheque, recibo y «gastos Guernica». 1950: tentativa de entrevista entre el entorno de Valera y Picasso. 1953: Araquistáin busca el recibo. 1960: Emilio Herrera escribe a Picasso. 1968: tentativa de trasladar Guernica del MoMA a México. 1969: varias correspondencias sobre la situación jurídica. 14 de abril de 1971: Picasso destina Guernica al Gobierno de la República española. Mayo-junio de 1971: correspondencia conservada en el fondo Valera. 8 de abril de 1973: muerte de Picasso. 27 de noviembre de 1973: correspondencia Orfila-Rabasa. Enero-febrero de 1974: correspondencia con el MoMA.

Después vendrán los episodios que conducirán al traslado de 1981. La cuestión de la propiedad ya no aparece como un problema descubierto tardíamente. Parece haber sido reexaminada durante décadas.

Y esto nos devuelve directamente al pago de 1937

El nuevo descubrimiento archivístico debe relacionarse con nuestra investigación anterior. En 1937 la República entrega a Picasso 150.000 francos, contabilizados oficialmente como «P. PICASSO (gastos “Guernica”) — 150.000». Max Aub considera, sin embargo, que el recibo obtenido representa «prácticamente una adquisición» y permitirá «reivindicar el derecho de propiedad». Después el recibo desaparece y Picasso continúa disponiendo materialmente de la obra, autorizando préstamos y organizando finalmente su depósito en el MoMA.

Nos preguntábamos entonces: ¿dónde están los actos del propietario republicano? Los nuevos archivos obligan a matizar la pregunta. El Gobierno republicano en el exilio no parece haber abandonado por completo el expediente. Existe actividad alrededor de Guernica. Pero eso no resuelve la propiedad. Obliga a establecer sobre qué fundamento jurídico se desarrollaba esa actividad: ¿reivindicación de un propietario?, ¿defensa de un destinatario político?, ¿intento de hacer respetar la voluntad de Picasso?, ¿o combinación de las tres?

Una dificultad nueva para la tesis de una compra perfectamente establecida

Los nuevos documentos plantean una cuestión incómoda. Si la venta de 1937 hubiera constituido una adquisición perfectamente clara, completa y reconocida por todos los actores, ¿por qué la «situación legal del cuadro» continúa siendo objeto de correspondencia en 1969, 1971, 1973 y 1974?

Esto no demuestra que la República no fuera propietaria. Un derecho indiscutible puede todavía tener que ser defendido. Mais cela constitue un indice important : une propriété prétendument acquise en mai 1937 continue, plus de trente ans après, à produire un dossier juridique. La réalité documentaire mérite beaucoup mieux que la formule : la República pagó, luego compró.

Nuestra próxima investigación está ahora exactamente definida

Sería tentador pedir a la Fundación que buscara todo lo relacionado con Picasso y Guernica. Sería un error. Pilar Benito ha explicado que el servicio no puede realizar una investigación extensa por correspondencia, pero nos ha proporcionado algo más valioso: las referencias. Trabajaremos, por tanto, pieza por pieza.

Primera prioridad: FV/24-1

Queremos obtener la correspondencia entre Fernando Valera y Jean de Paul, especialmente las piezas de mayo-junio de 1971. La pregunta es precisa: ¿la declaración de Picasso del 14 de abril de 1971 aparece conocida, citada o comentada? Y, si es así, ¿cómo interpreta Fernando Valera jurídicamente «destinados al Gobierno de la República española»?

Segunda prioridad: MoMA, enero-febrero de 1974

Pediremos después la correspondencia con el Museum of Modern Art: ¿quién escribe al museo?, ¿en nombre de qué derecho se reclama o discute Guernica?, ¿qué responde el MoMA? Puede convertirse en uno de los documentos más importantes del expediente posterior a la muerte de Picasso.

Tercera prioridad: Orfila-Rabasa, 27 de noviembre de 1973

Esta carta puede ayudar a comprender la transición entre la pista mexicana y la apertura del expediente ante el MoMA y deberá leerse conjuntamente con la correspondencia de enero-febrero de 1974.

Después: 1969, 1960, 1950

Una vez obtenidos esos tres conjuntos iremos retrocediendo: Victoria Kent, Le Soir, la tentativa mexicana, Emilio Herrera y finalmente la solicitud de entrevista de 1950. El orden de búsqueda no será cronológico. Será probatorio. Empezaremos por los documentos capaces de responder a las preguntas más precisas.

La investigación cambia de naturaleza

Hasta ahora, gran parte del expediente Guernica descansaba sobre documentos conocidos pero dispersos: el pago de 1937, el recibo perdido, la declaración de Picasso, el MoMA y el regreso de 1981. La respuesta de Pilar Benito hace aparecer entre todos ellos algo distinto: una continuidad documental.

Quizá sea el avance más importante. Existen en los archivos de la República española en el exilio documentos dedicados expresamente a la situación jurídica de Guernica. Todavía no sabemos qué demuestran, y precisamente ahí está la diferencia entre una investigación y una tesis escrita de antemano. Si prueban la compra, lo publicaremos. Si prueban una donación, lo publicaremos. Si muestran una propiedad incierta, discutida o construida progresivamente, también lo publicaremos.

Por ahora sabemos únicamente esto: el expediente no está vacío. Y sabemos dónde están las próximas piezas.

La investigación continúa.


Fuente

Correspondencia electrónica de Pilar Benito, Servicio a los lectores, archivo y biblioteca, Fundación Universitaria Española, dirigida al autor el 3 de septiembre de 2026, comunicando las referencias EH/2-22, EH/7-64, FV/10-16, FV/24-1, FV/31-7, FV/69-4, así como las referencias relativas a la carta Orfila-Rabasa del 27 de noviembre de 1973 y a la correspondencia con el Museum of Modern Art de enero-febrero de 1974.

Publicaciones Similares

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *